Manual de Derecho. Descrita como figura jurídica el "
uxoricidio honoris causa", o lo que es igual: "matar a la propia esposa por razón del honor".
Hasta el año 1963 -hasta ayer como quien dice- y en España -aquí mismo- el marido que matara a la esposa adúltera y a su amante sufría una "curiosa" pena: el destierro de su localidad.
Si el daño era "distinto" a la muerte, no se contemplaba castigo alguno.
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